El depósito legal




El depósito legal es la obligación, impuesta por ley u otro tipo de norma administrativa, de depositar para una o más bibliotecas ejemplares de las publicaciones editadas en un país.
El depósito legal tiene como objetivo la recopilación del patrimonio cultural e intelectual de cada país, con el fin de ponerlo a disposición de los ciudadanos. 

Solicitud de depósito legal en Barcelona


¿De qué obras se debe hacer Depósito Legal?

  1. Libros y folletos en papel, cualquiera que sea su forma de impresión y estén o no destinados a la venta,
  2. Hojas impresas con fines de difusión que no constituyan propaganda esencialmente comercial,
  3. Recursos continuados tales como publicaciones seriadas, revistas, anuarios, memorias, diarios, y recursos integrables, como las hojas sueltas actualizables,
  4. Partituras,
  5. Estampas originales realizadas con cualquier técnica,
  6. Fotografías editadas,
  7. Láminas, cromos, naipes, postales y tarjetas de felicitación,
  8. Carteles anunciadores y publicitarios,
  9. Mapas, planos, atlas, cartas marinas, aeronáuticas y celestes,
  10. Libros de texto de educación infantil, primaria, secundaria obligatoria, bachillerato y de los de enseñanza de formación profesional,
  11. Documentos sonoros,
  12. Documentos audiovisuales,
  13. Microformas,
  14. Documentos electrónicos en cualquier soporte, que el estado de la técnica permita en cada momento, y que no sean accesibles libremente a través de internet,
  15. Sitios web fijables o registrables cuyo contenido pueda variar en el tiempo y sea susceptible de ser copiado en un momento dado,
  16. Recursos electrónicos que se distribuyen a través de internet y que se pueden equiparar a un equivalente en papel: libros, revistas, diarios, memorias y anuarios, informes de actividad de una empresa o institución y partituras ...,
  17. Copia nueva de los documentos íntegros, en versión original, de toda película cinematográfica, documental o de ficción, realizada por un productor con domicilio residencia o establecimiento permanente en Catalunya y un ejemplar del material publicitario correspondiente.

¿Cómo es un número de Depósito Legal?

Se compone de los siguientes elementos:
  1. Las siglas "DL" seguidas de un espacio
  2. La sigla correspondiente a cada provincia o localidad
     Barcelona: B.
  3. El número de inscripción del Depósito asignado por la oficina del Depósito Legal correspondiente.
  4. El año de constitución del Depósito en cifras arábigas. Si son felicitaciones de Navidad o otros impresos similares en los que, de la impresión de la fecha puede resultar un perjuicio, se puede  substituir el año por un número de orden en cifras romanas,  teniendo en cuenta que I corresponde a 1958, II a 1959 y así sucesivamente (LV corresponde a 2012).
Ejemplos:
DL B. (número)-2001
DL. (número)-XLIV

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